Vamos a entender como “arrendamiento” el uso o goce temporal de un bien con un plazo determinado, la arrendadora será propietaria del equipo en todo momento y el cliente solo pagará la renta por el periodo determinado en el contrato.
Esto no es un instrumento para financiar la adquisición de equipo, dado que la arrendadora no contrae obligación alguna de enajenar el bien.
El atractivo de este esquema radica en las grandes ventajas operativas, financieras y fiscales que nos ofrece. Ya que la renta de equipo de computo es 100% deducible de impuestos, esto lo convierte en una gran alternativa para todo tipo de publico que desee obtener estos beneficios.